Adaptación al nuevo RGPD
¿Qué es el RGPD ?
El 25 de mayo de 2016 se aprobó el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos), que sustituirá a la normativa vigente de Protección de Datos. El plazo máximo que tienen las empresas, las instituciones y las organizaciones para adaptarse es de 2 años, o sea, que el 25 de mayo de 2018 ya deben cumplir con la nueva normativa europea.
Es uno de los cambios más importantes en el ámbito de Protección de Datos y pretende armonizar todas las normativas los estados miembro de la Unión Europea.
Novedades del RGPD:
- Obligatoriedad del consentimiento
- Derecho al olvido y a la portabilidad
- Registro de actividades
- Delegado de Protección de Datos
- Análisis de riesgos y evaluación de impacto
- Medidas de seguridad
- Etc.
¿Debe mi empresa adaptarse al RGPD?
Si tratas con datos personales, tienes la obligatoriedad de cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos, ya seas empresa, institución pública, organización o autónomo. De hecho con la normativa española vigente (la LOPD) ya debes cumplir con la Protección de Datos.
Yo ya cumplo con la LOPD. ¿Debo adaptarme al RGPD?
Sí. A partir del 25 de mayo de 2018 la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos, dejará de estar vigente. A partir de esta fecha, ya se aplicará el RGPD, junto con la nueva «LOPD».
En HST implantamos LOPD, hacemos adaptaciones de la LOPD al nuevo RGPD y te asesoramos en el ámbito de Protección de Datos.
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